Leyes Paraguayas

Ley Nº 1716 / MODIFICA EL ARTICULO 3° DE LA LEY N° 426 DEL 7 DE DICIEMBRE DE 1973



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LEY N° 1716

QUE MODIFICA EL ARTICULO 3° DE LA LEY N° 426 DEL 7 DE DICIEMBRE DE 1973 "QUE ESTABLECE LA DIVISION POLITICA DEL TERRITORIO DE LA REPUBLICA"

EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE

LEY

Artículo 1°.- Modifícase el Artículo 3° de la Ley N° 426 del 7 de diciembre de 1973 "QUE ESTABLECE LA DIVISIÓN POLÍTICA DEL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA", en lo referente a la Capital del XV Departamento Presidente Hayes, que, en adelante, será la ciudad de Villa Hayes en vez de Pozo Colorado.

Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a veintiún días del mes de diciembre del año dos mil, y por la Honorable Cámara de Senadores, a veinticuatro días del mes de mayo del año dos mil uno, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.


Archivos adjuntos Antecedente

Antecedente de la Ley Nº 00000001716






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