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LEY N° 2045
QUE AMPLIA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 2002, APROBADO POR LEY Nº 1857, DE FECHA 8 DE ENERO DE 2002, MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - DIRECCION DE MATERIAL BELICO
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1º.- Apruébase la estimación de los ingresos de la Administración Central, Ministerio de Defensa Nacional – Dirección de Material Bélico, por la suma de Gs. 2.134.838.102 (Guaraníes dos mil ciento treinta y cuatro millones ochocientos treinta y ocho mil ciento dos), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Ley.
Artículo 2º.- Apruébase la ampliación del crédito presupuestario para la Administración Central, Ministerio de Defensa Nacional – Dirección de Material Bélico, por la suma de Gs. 2.134.838.102 (Guaraníes dos mil ciento treinta y cuatro millones ochocientos treinta y ocho mil ciento dos), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Ley.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a los veinticinco días del mes de noviembre del año dos mil dos, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados, a los diez días del mes de diciembre del año dos mil dos, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 207, numeral 1) de la Constitución Nacional.