Leyes Paraguayas

Ley Nº 2122 / AUMENTA PENSION GRACIABLE AL SEÑOR ROGELIO ROMERO LUGO.



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LEY N° 2.122
QUE AUMENTA PENSION GRACIABLE AL SEÑOR ROGELIO ROMERO LUGO.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Auméntase a G. 700.000 (Guaraníes setecientos mil ) mensuales,  la pensión graciable concedida al señor Rogelio Romero Lugo, ex conscripto del Batallón Escolta Presidencial, accidentado en acto de servicio.
Artículo 2°.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la pensión dispuesta en esta ley serán proveídos por la Dirección General del Tesoro a la Dirección de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la Subsecretaría de Estado de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al Código Presupuestario vigente.
Artículo 3°.- El beneficiario de esta pensión no podrá acogerse a otras similares u otros beneficios jubilatorios.
Artículo 4°.- Derógase el Artículo 11 de la Ley N° 125 del 11 de enero de 1993.
Artículo 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a veintitrés días del mes de enero del año dos mil tres, y por la Honorable Cámara de Senadores, a veintisiete días del mes de mayo del año dos mil tres, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.

Archivos adjuntos Antecedente

Antecedente de la Ley Nº 00000002122






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