Leyes Paraguayas

Ley Nº 2110 / DESAFECTA DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE CORONEL OVIEDO, A TRANSFERIR A TITULO GRATUITO A FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO - MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA, UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE LA MANZANA XIII DE LA FINCA Nº 11.980, PARA ASIENTO DE UNA ESCUELA EN EL LUGAR DENOMINADO FRACCION QUINTA NELUYE DEL CITADO MUNICIPIO



Descargar Archivo: Ley N° 2110 (79.84 KB)


LEY N° 2.110
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE CORONEL OVIEDO, A TRANSFERIR A TITULO GRATUITO A FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO - MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA, UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE LA MANZANA XIII DE LA FINCA Nº 11.980, PARA ASIENTO DE UNA ESCUELA EN EL LUGAR DENOMINADO FRACCION QUINTA NELUYE DEL CITADO MUNICIPIO.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase a la Municipalidad de Coronel Oviedo, a transferir a título gratuito a favor del Estado Paraguayo -Ministerio de Educación y Cultura, un inmueble individualizado como parte de la Manzana XIII de la Finca Nº 11.980, Distrito Coronel Oviedo, dejado en concepto de plaza y edificios públicos en el loteamiento realizado por el Sr. Jorge Sebastián Miranda y la Sra. Nelly Vidovich de Miranda, inscripto en la Dirección General de los Registros Públicos bajo el Nº 1 y al folio 1 y siguientes del 19 de marzo de 1991, para asiento de una escuela, ubicado en el lugar denominado Fracción Quinta Neluye, del citado municipio, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
AL NORTE: mide 70,31 m. (setenta metros con treinta y un centímetros) y linda con derechos de Ignacio Agüero Ortíz;  
AL SUR: mide 67,90 m. (setenta y siete metros con noventa centímetros) y linda con el resto de la Manzana XIII; 
AL ESTE: mide 84,70 m. (ochenta y cuatro metros con setenta centímetros) y linda con la calle 8; y, 
AL OESTE: mide 73,58 m. (setenta y tres metros con cincuenta y ocho centímetros) y linda con la calle 9.
SUPERFICIE: 5.456,703 M2 (CINCO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON SETECIENTOS TRES CENTIMETROS CUADRADOS).
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a nueve días del mes de enero del año dos mil tres, y por la Honorable Cámara de Senadores, a veintidós días del mes de mayo del año dos mil tres, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional

Archivos adjuntos Antecedente

Antecedente de la Ley Nº 00000002110






De interes

¿Tienes alguna duda? ponte en contacto con nosotros