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LEY N° 2.761
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE VILLA ELISA A TRANSFERÍR A TÍTULO GRATUÍTO A FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO - MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA, UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE LA FINCA N° 5.132, UBICADO EN EL BARRIO “SAN JOSÉ” DEL CITADO MUNICIPIO, ASIENTO DEL COLEGIO NACIONAL SAN JOSE, ESCUELA BÁSICA N° 3.537 Y CENTRO N° 11-273.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase a la Municipalidad de Villa Elisa a transferir a título gratuito a favor del Estado Paraguayo - Ministerio de Educación y Cultura, un inmueble individualizado como parte de la Finca N° 5.132, ubicado en el barrio “San José” del citado municipio, asiento del Colegio Nacional San José, Escuela Básica N° 3.537 y Centro N° 11-273 de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
AL NORTE: mide 50,00 m. (cincuenta metros), linda con la calle San Isidro;
AL SUR: mide 50,00 m. (cincuenta metros), linda con la calle San Cosme;
AL ESTE: mide 60,45 m. (sesenta metros con cuarenta y cinco centímetros), linda con la calle San Javier; y,
AL OESTE: mide 60,45 m. (sesenta metros con cuarenta y cinco centímetros), linda con la “Fracción A” dejada en concepto de plaza.
SUPERFICIE: 3.000 m2 89 dm2 (TRES MIL METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y NUEVE DECIMETROS CUADRADOS).
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a siete días del mes de julio del año dos mil cinco, y por la Honorable Cámara de Senadores, a seis días del mes de octubre del año dos mil cinco, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.