Leyes Paraguayas

Ley Nº 2665 / DESAFECTA DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE CAPIATÁ A TRANSFERIR A TÍTULO ONEROSO A FAVOR DE SUS ACTUALES OCUPANTES, FRACCIONES DE INMUEBLES INDIVIDUALIZADAS COMO PARTE DE LA FINCA N° 8.425, UBICADAS EN EL BARRIO “EL RETIRO” DEL CITADO MUNICIPIO



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LEY N° 2.665
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE CAPIATÁ A TRANSFERIR A TÍTULO ONEROSO A FAVOR DE SUS ACTUALES OCUPANTES, FRACCIONES DE INMUEBLES INDIVIDUALIZADAS COMO PARTE DE LA FINCA N° 8.425, UBICADAS EN EL BARRIO “EL RETIRO” DEL CITADO MUNICIPIO.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase a la Municipalidad de Capiatá a transferir a título oneroso a favor de sus actuales ocupantes, fracciones de inmuebles individualizadas como parte de la Finca N° 8.425 Distrito de Capiatá, dejadas en concepto de plazas, edificios públicos y calle, inscriptas en la Dirección General de los Registros Públicos, bajo el N° 1, al folio 1 y siguientes del año 1981, ubicadas en el barrio “El Retiro” del citado municipio, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
CTA. CTE. CTRAL. N° 27-0458-01, MANZANA “B” y parte de las Calles 9 y 11
AL NORTE: mide 156,55 m. (ciento cincuenta y seis metros con cincuenta y cinco centímetros), linda con la calle 3;
AL SUR: mide 154,95 m. (ciento cincuenta y cuatro metros con noventa y cinco centímetros), linda con la calle 4;
AL ESTE: mide 51,00 m. (cincuenta y un metros), linda con pasillo; y,
AL OESTE: mide 50,90 m. (cincuenta metros con noventa centímetros), linda con la calle 9.
SUPERFICIE: 7.935,4625 m2 (siete mil novecientos treinta y cinco metros cuadrados con cuatro mil seiscientos veinticinco centímetros cuadrados).
CTA. CTE. CTRAL. N° 27-0459-01, MANZANA “C”
AL NORTE: mide 103,30 m. (ciento tres metros con treinta centímetros), linda con la calle 3;
AL SUR: mide 103,30 m. (ciento tres metros con treinta centímetros), linda con la calle 4;
AL ESTE: mide 50,00 m. (cincuenta metros), linda con la calle 13; y, 
AL OESTE: mide 50,00 m. (cincuenta metros), linda con pasillo.
SUPERFICIE: 5.165 m2 (cinco mil ciento sesenta y cinco metros cuadrados).
Artículo 2º.- La suma obtenida por la venta de las fracciones de inmuebles individualizadas en el Artículo 1° de la presente ley, será destinada exclusivamente para la adquisición de otro inmueble para espacio verde o plaza.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. 
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a diecinueve días del mes de mayo del año dos mil cinco, y por la Honorable Cámara de Senadores, a dieciocho días del mes de agosto del año dos mil cinco, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.

Archivos adjuntos Antecedente

Antecedente de la Ley Nº 00000002665






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