Leyes Paraguayas

Ley Nº 133 / ACTUALIZA LAS TASAS Y LOS ARANCELES ESTABLECIDOS EN EL DECRETO-LEY Nº 46, DEL ARANCEL CONSULAR, DE FECHA 11 DE FEBRERO DE 1972.



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​LEY Nº 133
QUE ACTUALIZA LAS TASAS Y LOS ARANCELES ESTABLECIDOS EN EL DECRETO-LEY Nº 46, "DEL ARANCEL CONSULAR", DE FECHA 11 DE FEBRERO DE 1972.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1º.- Modifícase el Decreto Nº 46, "Del Arancel Consular", del 11 de febrero de 1972, estableciendo un aumento del 50% (Cincuenta por Ciento) de todas las tasas y los aranceles en él contemplados, con la sola excepción de los dispuestos en materia de pasaportes consulares.
Artículo 2º.- Modifícase el Artículo 14 del Decreto-Ley Nº 46/72, "Del Arancel Consular", de modo a establecer una retención de los ingresos consulares a favor de los Jefes de las Oficinas Consulares de la República, con el objeto de afrontar los gastos de operación y mantenimiento de las oficinas a su cargo. El Ministerio de Relaciones Exteriores reglamentará el porcentaje de retención según el costo de vida de cada país, el que en ningún caso podrá exceder del 30 % (Treinta por Ciento).
Artículo 3º.- Derógase el Artículo 9º del Decreto-Ley Nº 46 del 11 de febrero de 1972 que establece la Factura Consular.
Artículo 4º.- El Poder Ejecutivo establecerá un mecanismo estricto de rendición de cuenta mensual sobre los gastos incurridos con estos ingresos, bajo el control conjunto del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Ministerio de Hacienda.
Artículo 5º.- Disponer el ingreso mensual de las sumas excedentes a la Dirección General del Tesoro.
Artículo 6º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la H. Cámara de Diputados a los diez días del mes de diciembre del año un mil novecientos noventa y dos, y por la H. Cámara de Senadores, sancionándose la Ley, a cuatro días del mes de marzo del año un mil novecientos noventa y tres.

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