Leyes Paraguayas

Ley Nº 4908 / AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE MINGA GUAZÚ, A TRANSFERIR A TÍTULO GRATUITO A FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO – MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA, UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE LA FINCA Nº 39, UBICADO EN EL KM 20 ACARAY DEL CITADO MUNICIPIO, ASIENTO DE LA ESCUELA BÁSICA Nº 4.089 “ESPÍRITU SANTO”.



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LEY N° 4.908
QUE AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE MINGA GUAZÚ, A TRANSFERIR A TÍTULO GRATUITO A FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO – MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA, UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE LA FINCA Nº 39, UBICADO EN EL KM 20 ACARAY DEL CITADO MUNICIPIO, ASIENTO DE LA ESCUELA BÁSICA Nº 4.089 “ESPÍRITU SANTO”.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.- Autorízase a la Municipalidad de Minga Guazú, a transferir a Título gratuito a favor del Estado paraguayo – Ministerio de Educación y Cultura, un inmueble individualizado como parte de la Finca Nº 39 del Distrito de Minga Guazú, inscripto en la Dirección General de los Registros Públicos bajo el Nº 1, al folio 1 y siguientes del 15 de noviembre de 1990, ubicado en el Km 20 Acaray – barrio San Felipe del citado municipio, asiento de la Escuela Básica Nº 4.089 “Espíritu Santo”, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
LADO 1-2: Con rumbo S 88º 20´ 23” E (Sur, ochenta y ocho grados, veinte minutos, veintitrés segundos, Este), mide 56,60 m. (cincuenta y seis metros con sesenta centímetros), linda con resto de la Plaza (Lote Nº 1).
LADO 2-3: Con rumbo S 1º 30´ 28” W (Sur, un grado, treinta minutos, veintiocho segundos, Oeste), mide 75,00 m. (setenta y cinco metros), linda con derecho privado.
LADO 3-4: Con rumbo N 88º 20´ 23” W (Norte, ochenta y ocho grados, veinte minutos, veintitrés segundos, Oeste), mide 56,60 m. (cincuenta y seis metros con sesenta centímetros), linda con calle pública (calle 03).
LADO 4-1: Con rumbo N 1º 30´ 28” E (Norte, un grado, treinta minutos, veintiocho segundos, Este), mide 75,00 m. (setenta y cinco metros), linda con la Escuela Espíritu Santo.
SUPERFICIE: 4.244 m2 9.800 cm2 (CUATRO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON NUEVE MIL OCHOCIENTOS CENTÍMETROS CUADRADOS).
Los Puntos 1 y 2 tienen las Coordenadas (UTM)
Punto Nº 1: E= 722165,95 N= 7.180284,67
Punto Nº 2: E= 722222,53 N= 7.180283,03
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los siete días del mes de noviembre del año dos mil doce, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los once días del mes de abril del año dos mil trece, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 204 de la Constitución Nacional.

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