Tuvo tratamiento en sesi贸n de la c谩mara de diputados en noviembre del 2.012, y cont贸 con la aprobaci贸n de la c谩mara, tras lo cual fue remitido a la c谩mara de senadores.
B谩sicamente lo que se pretende con esta ley es, preestablecer ciertas directrices y bases para desarrollar un sistema de bibliotecas p煤blicas oficiales, y con esto lograr pautar ciertas reglas en cuanto a las pol铆ticas de publicaciones y difusi贸n de materiales b谩sicos con los que deben contar en las bibliotecas p煤blicas oficiales.
La c谩mara de senadores en plenaria, aprob贸 con modificaciones este proyecto de creaci贸n de una red de bibliotecas p煤blicas el d铆a 11 de abril del corriente a帽o, luego de haberse estudiado el proyecto por la comisi贸n de educaci贸n y cultura y por la comisi贸n de Legislaci贸n, codificaci贸n, justicia y trabajo; en donde el dictamen de ambas comisiones coincidieron en aprobar el proyecto con ciertas modificaciones.
Queda por confirmarse el 煤ltimo tratamiento de este proyecto en la c谩mara de diputados, donde fue devuelta con las modificaciones correspondientes. Posteriormente el desarrollo y sostenimiento de las bibliotecas ser谩 responsabilidad de la Secretar铆a Nacional de Cultura y el Ministerio de Educaci贸n.
Conformar谩n la red Nacional de Bibliotecas P煤blicas, todas aquellas bibliotecas que funcionen en instituciones p煤blicas, ya sean de educaci贸n b谩sica y/o nivel medio, y aquellas de entidades y personas f铆sicas del sector p煤blico.