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LEY N° 6778
QUE DECLARA EL DÍA 17 DE MAYO DE CADA AÑO, COMO “DÍA NACIONAL DE LA AGRICULTURA FAMILIAR”
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1º.- Declárase el día 17 de mayo de cada año, como “Día Nacional de la Agricultura Familiar”, en conmemoración a la promulgación de la Ley N° 6286/2019 “DE DEFENSA, RESTAURACIÓN Y PROMOCIÓN DE LA AGRICULTURA FAMILIAR CAMPESINA”.
Artículo 2º.- Facúltase al Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), a coordinar planes, programas, proyectos, etc. para fomentar la difusión nacional de este día.
Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a los dieciocho días del mes de marzo del año dos mil veintiuno, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados, a siete días del mes de julio del año dos mil veintiuno, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 211 de la Constitución Nacional.