Leyes Paraguayas

Ley Nツコ 1911 / AUMENTA PENSION GRACIABLE A LA SEテ前RA CLAUDIA JIMENEZ



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LEY Nツー 1911
QUE AUMENTA PENSION GRACIABLE A LA SEテ前RA CLAUDIA JIMENEZ
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artテュculo 1ツコ.- Aumテゥntase a G. 500.000 (quinientos mil guaranテュes) mensuales, la pensiテウn graciable concedida a favor de la Seテアora Claudia Jimテゥnez, ex docente.
Artテュculo 2ツコ.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la pensiテウn dispuesta en esta ley serテ。n proveテュdos por la Direcciテウn General del Tesoro a la Direcciテウn de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la Subsecretarテュa de Estado de Administraciテウn Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al Cテウdigo Presupuestario vigente.
Artテュculo 3ツコ.- La beneficiaria de esta pensiテウn no podrテ。 acogerse a otros beneficios jubilatorios.
Artテュculo 4ツコ.- Derテウgase el Artテュculo 7ツコ de la Ley Nツー 1303 del 18 de diciembre de 1987.
Artテュculo 5ツー.- Comunテュquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cテ。mara de Senadores, a veintinueve dテュas del mes de noviembre del aテアo dos mil uno, quedando sancionado el mismo por la Honorable Cテ。mara de Diputados, a diecisテゥis dテュas del mes de mayo del aテアo dos mil dos, de conformidad a lo dispuesto en el Artテュculo 207, numeral 1) de la Constituciテウn Nacional.

Archivos adjuntos Antecedente

Antecedente de la Ley Nツコ 00000001911






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