Leyes Paraguayas

Ley Nº 3302 / CONCEDE PENSION GRACIABLE A LA SEÑORA ANA MIERES VDA. DE GALEANO



Descargar Archivo: Ley N° 3302 (49.04 KB)


LEY Nº 3302
QUE CONCEDE PENSION GRACIABLE A LA SEÑORA ANA MIERES VDA. DE GALEANO 
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.- Concédese pensión graciable de G. 500.000 (Guaraníes quinientos mil) mensuales, a favor de la señora Ana Mieres Vda. de Galeano, con Cédula de Identidad N° 147.313.
Artículo 2°.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la pensión dispuesta en esta Ley, serán proveídos por la Dirección General del Tesoro a la Dirección de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la Subsecretaría de Estado de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al Código Presupuestario vigente. 
Artículo 3°.- La beneficiaria de esta pensión graciable no podrá acogerse a otros beneficios jubilatorios.
Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a diez días del mes de mayo del año dos mil siete, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados, a dieciséis días del mes de agosto del año dos mil siete, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 207 numeral 2), de la Constitución Nacional.

De interes

¿Tienes alguna duda? ponte en contacto con nosotros