Leyes Paraguayas

Ley Nº 1598 / AUMENTA PENSION GRACIABLE A LA SEÑORA JUANA ISABEL TOÑANEZ VDA. DE SEGOVIA



Descargar Archivo: LEY N° 1598 (88.93 KB)


LEY  N° 1.598
QUE AUMENTA PENSION GRACIABLE A LA SEÑORA JUANA ISABEL TOÑANEZ VDA. DE SEGOVIA
EL CONGRESO  DE LA  NACION PARAGUAYA  SANCIONA CON  FUERZA  DE
LEY
Artículo 1°.- Auméntase a G. 500.000 (quinientos mil guaraníes) mensuales, la pensión graciable concedida a la Señora Juana Isabel Toñánez Vda. de Segovia, esposa del soldado Agapito Segovia, fallecido el 25 de abril de 1935, en "Cañada El Carmen" a consecuencia de heridas recibidas.
Artículo 2°.- La beneficiaria de esta pensión no podrá acogerse a otros beneficios similares o derechos jubilatorios.
Artículo 3°.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la pensión dispuesta en esta ley serán proveídos por la Dirección General del Tesoro a la Dirección de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la Sub-Secretaría de Estado de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al Código Presupuestario vigente.
Artículo 4°.- Derógase el Artículo 9° de la Ley No. 1128/66.
Artículo 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a veinticuatro días del mes de agosto del año dos mil, y por la Honorable Cámara de Diputados, a catorce días del mes de setiembre del año dos mil, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.

Archivos adjuntos Antecedente

Antecedente de la Ley Nº 00000001598






De interes

¿Tienes alguna duda? ponte en contacto con nosotros