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LEY N° 3.886
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE VILLA ELISA A TRANSFERIR A TÍTULO GRATUITO A FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO – MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA, UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE LA FINCA N° 11.374, UBICADO EN EL BARRIO SOL DE AMÉRICA DEL CITADO MUNICIPIO, ASIENTO DE LA ESCUELA BÁSICA N° 4.213 Y COLEGIO NACIONAL “SANTA LIBRADA”.
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase a la Municipalidad de Villa Elisa a transferir a título gratuito a favor del Estado paraguayo – Ministerio de Educación y Cultura, un inmueble individualizado como parte de la Finca N° 11.374 del Distrito de Villa Elisa, dejado en concepto de plaza y edificios públicos en el loteamiento realizado por Oga Rapé SA., inscripto en la Dirección General de los Registros Públicos, bajo el N°1 al folio 1 y siguientes del 5 de noviembre de 2001, ubicado en el barrio Sol de América del citado municipio, asiento de la Escuela Básica Nº 4213 y Colegio Nacional “Santa Librada”, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
Lado 1-a: con rumbo magnético S 56º 25’ 05” E (Sur, cincuenta y seis grados, veinticinco minutos, cinco segundos, Este), mide 77,00 m. (setenta y siete metros), linda con la Calle Ybycui;
Lado a-b: con rumbo magnético S 33º 34’ 55” W (Sur, treinta y tres grados, treinta y cuatro minutos, cincuenta y cinco segundos, Oeste), mide 60,00 m. (sesenta metros), linda con la Fracción “B” Plaza San Cayetano;
Lado b-4: con rumbo magnético N 56º 25’ 05” W (Norte, cincuenta y seis grados, veinticinco minutos, cinco segundos, Oeste), mide 77,00 m. (setenta y siete metros), linda con la Calle Ypacarai; y,
Lado 4-1: con rumbo magnético N 33º 34’ 55” E (Norte, treinta y tres grados, treinta y cuatro minutos, cincuenta y cinco segundos, Este), mide 60,00 m. (sesenta metros), linda con la Calle Carapeguá.
SUPERFICIE: 4620 m2 (CUATRO MIL SEISCIENTOS VEINTE METROS CUADRADOS).
Los puntos 1 y a tienen las coordenadas (U.T.M.)
Punto 1 N = 7194089.490 E = 440268.590
Punto a N = 7194046.899 E = 440332.738
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los catorce días del mes de julio del año dos mil nueve, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los ocho días del mes de octubre del año dos mil nueve, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.