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LEY N° 4.591
QUE DECLARA A LA CIUDAD DE ITAUGUÁ COMO LA CAPITAL DEL ÑANDUTI.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.- Declárase a la Ciudad de Itauguá como la Capital del Ñanduti.
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los once días del mes de octubre del año dos mil once, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los quince días del mes de marzo del año dos mil doce, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.