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LEY Nº 706
QUE AMPLIA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 1995, APROBADO POR LEY N° 525 DE FECHA 30 DE DICIEMBRE DE 1994, DEL CREDITO AGRICOLA DE HABILITACION
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.- Amplíase la estimación de los ingresos de las Entidades Descentralizadas (Crédito Agrícola de Habilitación), por la suma de G. 2.869.890.000 (DOS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA MIL GUARANIES), conforme al siguiente detalle:
Artículo 2°.- Apruébase la ampliación del crédito presupuestario para las Entidades Descentralizadas, por la suma de G. 2.869.890.000 (DOS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA MIL GUARANIES) , que estará afectado al presupuesto vigente del Crédito Agrícola de Habilitación (C.A.H.), conforme al siguiente detalle:
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la Honorable Cámara de Senadores el diez de agosto del año un mil novecientos noventa y cinco y por la Honorable Cámara de Diputados, sancionándose la Ley, el diecinueve de setiembre del año un mil novecientos noventa y cinco.