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LEY Nº 725
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE LAMBARE, A TRANSFERIR A TITULO ONEROSO A FAVOR DE SUS ACTUALES OCUPANTES UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO FINCA N 4.894, UBICADO EN EL BARRIO VALLE YBATE, DEL CITADO MUNICIPIO
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1o.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase a la Municipalidad de Lambaré, a transferir a título oneroso a favor de sus actuales ocupantes, un inmueble individualizado como Finca N° 4.894 y Cuentas Corrientes Catastrales. Nos. 13-0730-02/03/04; Manzana 730, ubicado en el Barrio Valle Ybaté, del citado municipio, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
Línea 1-2: Al Norte mide 45,00 ms. (cuarenta y cinco metros), linda con derechos municipales.
Línea 2-3: Al Este mide 75,85 ms. (setenta y cinco metros con ochenta y cinco centímetros), linda con los lotes con Cuentas Corrientes Catastrales Ns. 13-730-01/08/09/10/11/12/13.
Línea 3-4: Al Sur mide 30,00 ms. (treinta metros), linda con el lote con Cuenta Corriente Catastral N° 13-730-05.
Línea 4-1: Al Oeste mide 41,62 ms. (cuarenta y un metros con sesenta y dos centímetros), linda con la calle "29 de Setiembre".
Superficie: 1.761,6.000 ms2. (Mil setecientos sesenta y un metros cuadrados con seis mil centímetros cuadrados).
Artículo 2o.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la H. Cámara de Diputados a veintisiete días del mes de julio del año un mil novecientos noventa y cinco, y por la H. Cámara de Senadores, sancionándose la Ley, a cinco días del mes de octubre del año un mil novecientos noventa y cinco.