Leyes Paraguayas

Ley Nº 792 / SUSPENDE EL PROCESO DE PRIVATIZACION DE LA EMPRESA ACEROS PARAGUAYOS SOCIEDAD ANONIMA (ACEPAR S.A.).



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LEY Nº 792

QUE SUSPENDE EL PROCESO DE PRIVATIZACION DE LA EMPRESA ACEROS PARAGUAYOS SOCIEDAD ANONIMA (ACEPAR S.A.).

EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

Artículo 1°.- Suspéndese por el término de tres meses a partir de la promulgación de esta Ley, el proceso de privatización de la entidad privatizable denominada "Aceros Paraguayos Sociedad Anónima" (ACEPAR S.A.).

Artículo 2°.- Dentro del plazo de sesenta días los Directivos de Aceros Paraguayos Sociedad Anónima (ACEPAR S.A.) y de la Contraloría General de la República deberán elevar a la Comisión Bicameral de Privatizaciones un análisis sobre los inventarios y avalúos que fueron realizados por el Consejo de Privatizaciones y sus organismos asesores, ajustando los valores, teniendo en cuenta las amortizaciones y los valores residuales de acuerdo a los sistemas técnicos generalmente aceptados.

Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Aprobada por la Honorable Cámara de Diputados, a ocho días del mes de noviembre del año un mil novecientos noventa y cinco , y por la Honorable Cámara de Senadores, sancionándose la Ley, a treinta días del mes de noviembre, del año un mil novecientos noventa y cinco.


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