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LEY N° 6982
QUE ESTABLECE EL 12 DE JULIO DE CADA AÑO, COMO “DÍA NACIONAL DEL CIRUJANO PLÁSTICO”.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1.° Establécese el 12 de julio de cada año, como “Día Nacional del Cirujano Plástico”, en conmemoración de la Fundación de la Sociedad Paraguaya de Cirugía Plástica, Reconstructiva y Estética.
Artículo 2.° Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los cinco días del mes de julio del año dos mil veintidós, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los seis días del mes de setiembre del año dos mil veintidós, queda sancionado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 204 de la Constitución Nacional.