Descargar Archivo: Ley N° 2706 (55.09 KB)
âLEY N° 2.706
QUE DECLARA EN SITUACION DE EMERGENCIA LA REGION OCCIDENTAL DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
ArtĂculo 1°.- DeclĂĄrase en situaciĂłn de Emergencia Nacional la RegiĂłn Occidental de la RepĂșblica del Paraguay, de conformidad con el ArtĂculo 202, numeral 13 de la ConstituciĂłn Nacional, por un perĂodo de seis meses, a contar desde la entrada en vigencia de la presente Ley.
ArtĂculo 2°.- Los ministerios dependientes del Poder Ejecutivo, la SecretarĂa de Emergencia Nacional (SEN) y los demĂĄs organismos concurrentes por la Ley N° 2615/2005, adoptarĂĄn todas las medidas conducentes para cooperar con los productores y pobladores, mediante una asistencia tĂ©cnica y crediticia oportuna. Se adoptarĂĄn medidas de carĂĄcter sanitario y de asistencia social a las comunidades en situaciĂłn crĂtica.
ArtĂculo 3°.- ComunĂquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable CĂĄmara de Senadores, a ocho dĂas del mes de setiembre del año dos mil cinco, quedando sancionado el mismo, por la Honorable CĂĄmara de Diputados a quince dĂas del mes de setiembre del año dos mil cinco, de conformidad a lo dispuesto en el ArtĂculo 204 de la ConstituciĂłn Nacional.