Leyes Paraguayas

Ley NÂș 2706 / DECLARA EN SITUACION DE EMERGENCIA LA REGION OCCIDENTAL DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY



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​LEY N°  2.706
QUE DECLARA EN SITUACION DE EMERGENCIA LA REGION OCCIDENTAL DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
ArtĂ­culo 1°.- DeclĂĄrase en situaciĂłn de Emergencia Nacional la RegiĂłn Occidental de la RepĂșblica del Paraguay, de conformidad con el ArtĂ­culo 202, numeral 13 de la ConstituciĂłn Nacional, por un perĂ­odo de seis meses, a contar desde la entrada en vigencia de la presente Ley.
Artículo 2°.- Los ministerios dependientes del Poder Ejecutivo, la Secretaría de Emergencia Nacional (SEN) y los demås organismos concurrentes por la Ley N° 2615/2005, adoptarån todas las medidas conducentes para cooperar con los productores y pobladores, mediante una asistencia técnica y crediticia oportuna. Se adoptarån medidas de caråcter sanitario y de asistencia social a las comunidades en situación crítica.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cåmara de Senadores, a ocho días del mes de setiembre del año dos mil cinco, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cåmara de Diputados a quince días del mes de setiembre del año dos mil cinco, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.

Archivos adjuntos Antecedente

Antecedente de la Ley NÂș 00000002706






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