Leyes Paraguayas

Ley Nº 3752 / APRUEBA EL CONTRATO DE PRÉSTAMO Nº 1916/BL-PR, DESTINADO AL FINANCIAMIENTO DEL PROGRAMA DE APOYO A LAS EXPORTACIONES PARAGUAYAS, POR US$ 10.000.000 (DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA DIEZ MILLONES) Y UNA CONTRAPARTIDA LOCAL DE US$ 1.150.000 (DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA UN MILLÓN CIENTO CINCUENTA MIL), QUE ESTARÁ A CARGO DEL MINISTERIO DE INDUSTRIA Y COMERCIO (MIC), EN EL MARCO DE LA ESTRATEGIA DE PAÍS DEL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), PARA LOS AÑOS 2004/2008, CUYA AUTORIZACIÓN AL MINISTERIO DE HACIENDA, PARA EL INICIO DE GESTIONES DE FINANCIAMIENTO SE ENCUENTRA ENMARCADA EN EL DECRETO Nº 4863 DEL 17 DE FEBRERO DE 2005; Y AMPLIA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2009, APROBADO POR LEY Nº 3692, DE FECHA 13 DE ENERO DE 2009



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LEY Nº 3752
QUE APRUEBA EL CONTRATO DE PRÉSTAMO Nº 1916/BL-PR, DESTINADO AL FINANCIAMIENTO DEL PROGRAMA DE APOYO A LAS EXPORTACIONES PARAGUAYAS, POR US$ 10.000.000 (DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA DIEZ MILLONES) Y UNA CONTRAPARTIDA LOCAL DE US$ 1.150.000 (DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA UN MILLÓN CIENTO CINCUENTA MIL), QUE ESTARÁ A CARGO DEL MINISTERIO DE INDUSTRIA Y COMERCIO (MIC), EN EL MARCO DE LA ESTRATEGIA DE PAÍS DEL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), PARA LOS AÑOS 2004/2008, CUYA AUTORIZACIÓN AL MINISTERIO DE HACIENDA, PARA EL INICIO DE GESTIONES DE FINANCIAMIENTO SE ENCUENTRA ENMARCADA EN EL DECRETO Nº 4863 DEL 17 DE FEBRERO DE 2005; Y AMPLIA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2009, APROBADO POR LEY Nº 3692, DE FECHA 13 DE ENERO DE 2009 
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1º.- Apruébase el Contrato de Préstamo Nº 1916/BL-PR, destinado al financiamiento del Programa de Apoyo a las Exportaciones Paraguayas, por US$ 10.000.000 (Dólares de los Estados Unidos de América diez millones) y una contrapartida local de US$ 1.150.000 (Dólares de los Estados Unidos de América un millón ciento cincuenta mil), que estará a cargo del Ministerio de Industria y Comercio (MIC), en el marco de la Estrategia de País del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) para los años 2004/2008, cuya autorización al Ministerio de Hacienda para el inicio de gestiones de financiamiento se encuentra enmarcada en el Decreto Nº 4863 del 17 de febrero de 2005, conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Ley:
Artículo 2º.- Amplíase la estimación de los Ingresos de la Administración Central (Tesorería General – Ministerio de Industria y Comercio), correspondiente al Ejercicio Fiscal 2009, por un monto total de G. 6.697.279.478 (Guaraníes seis mil seiscientos noventa y siete millones doscientos setenta y nueve mil cuatrocientos setenta y ocho), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de esta Ley.
Artículo 3º.- Amplíase el crédito presupuestario para la Administración Central – Ministerio de Industria y Comercio, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2009, por un monto total de G. 6.697.279.478 (Guaraníes seis mil seiscientos noventa y siete millones doscientos setenta y nueve mil cuatrocientos setenta y ocho), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de esta Ley.
Artículo 4º.- Autorízase al Ministerio de Hacienda la adecuación de los códigos, conceptos y la programación de montos consignados en los Anexos y detalles de la presente Ley, de acuerdo al Clasificador Presupuestario vigente, a las técnicas de programación de ingresos, gastos y financiamiento, al solo efecto de la correcta registración, imputación y/o ejecución presupuestaria.
Artículo 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a los dieciséis días del mes de abril del año dos mil nueve, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados, a los veintiocho días del mes de mayo del año dos mil nueve, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.

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