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LEY N° 6563
QUE CREA LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL ELECTORAL DEL DEPARTAMENTO DE CANINDEYÚ
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1.° Créase la Circunscripción Judicial Electoral del Departamento Canindeyú, con asiento en la ciudad de Saltos del Guairá.
Artículo 2.° Esta Circunscripción Judicial se compondrá de:
a) Un Tribunal de Apelación en lo Electoral y en lo Contencioso Administrativo.
Artículo 3.° La Jurisdicción de la Circunscripción Judicial creada por esta ley, abarcará el Departamento Canindeyú y su implementación empezará en el Ejercicio Fiscal 2020, quedando a cargo del Tribunal Superior de Justicia Electoral la constitución progresiva de las dependencias establecidas en el artículo anterior.
Artículo 4.° Deróganse todas las disposiciones contrarias a esta ley.
Artículo 5.° Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los cuatro días del mes de marzo del año dos mil veinte, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los once días del mes de junio del año dos mil veinte, queda sancionado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 206 de la Constitución.