Leyes Paraguayas

Ley Nº 6208 / MODIFICA EL ARTÍCULO 2° DE LA LEY N° 2435/04



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LEY N° 6208

QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 2° DE LA LEY N° 2435/04 "QUE RECONOCE AL COMANDO DE INSTITUTOS MILITARES DE ENSEÑANZA DEL EJERCITO (CIMEE) COMO INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR 

EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

Artículo 1°- Modifícase el Artículo 2º de la Ley Nº 2435/04 “QUE RECONOCE AL COMANDO DE INSTITUTOS MILITARES DE ENSEÑANZA DEL EJÉRCITO (CIMEE) COMO INSTITUTO DE ENSEÑANZA SUPERIOR”, el cual queda redactado como sigue:

“Art. 2°.- Facúltase al Comando de Institutos Militares de Enseñanza del Ejército (CIMEE) a organizar cursos, carreras y programas en el campo de las Ciencias Militares y a expedir títulos de pregrado, grado y postgrado en ese campo y afines. El Consejo de Educación Superior (CONES), reglamentará y establecerá las exigencias académicas para las áreas que no se refieran al campo específico de las ciencias militares, de conformidad con lo establecido en los Artículos 49, 54 y 60 de la Ley Nº 4995/13 “DE EDUCACIÓN SUPERIOR.”

Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a trece días del mes de setiembre del año dos mil dieciocho, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados, a diecisiete días del mes de octubre del año dos mil dieciocho, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.


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