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LEY Nº 715
QUE AMPLIA LA LEY N° 08/90 "POR LA CUAL SE DETERMINAN LOS FERIADOS DE LA REPÚBLICA"
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.- Amplíase el Artículo 1° de la Ley N° 08/90 "POR LA CUAL SE DETERMINAN LOS FERIADOS DE LA REPUBLICA" incluyendo el 29 de setiembre entre los feriados de la República, por el plazo de cinco años.
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la Honorable Cámara de Senadores el veintiún de setiembre del año un mil novecientos noventa y cinco y por la Honorable Cámara de Diputados, sancionándose la Ley, el veintiséis de setiembre del año un mil novecientos noventa y cinco.