Leyes Paraguayas

Ley Nº 1180 / DISPONE LA ENTREGA DE OBRAS A LA BIBLIOTECA NACIONAL.



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LEY Nº 1180/1985
QUE DISPONE LA ENTREGA DE OBRAS A LA BIBLIOTECA NACIONAL
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
 LEY:
Art. 1º.- Las editoras nacionales, públicas y privadas y las instituciones estatales, entregarán sin cargo a la Biblioteca Nacional dependiente del Ministerio de Educación y Culto cinco ejemplares de cada una de las obras editadas sean libros, revistas, folletos o
periódicos, que quedarán en custodia y para uso del público en general.
Art. 2°.- La Biblioteca Nacional publicará periódicamente, por lo menos dos veces al año, un catálogo completo que incluya las mencionadas obras y el nombre de sus autores, para darlo a publicidad y a la circulación dentro y fuera del país.
Art. 3°.- La Biblioteca Nacional entregará recibo de las mencionadas obras a las casas editoras,con la constancia que la entrega fue sin cargo.
Art. 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO NACIONAL A LOS DIEZ Y SIETE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO.


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