Leyes Paraguayas

Ley Nツコ 2780 / CONCEDE PENSION GRACIABLE AL SEテ前R JUAN AGUILERA



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LEY Nツー 2.780
QUE CONCEDE PENSION GRACIABLE AL SEテ前R JUAN AGUILERA
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artテュculo 1ツー.- Concテゥdese pensiテウn graciable de G. 700.000 (Guaranテュes setecientos mil) mensuales, a favor del seテアor Juan Aguilera, quien ha prestado servicio en la Direcciテウn del Servicio de Ingenierテュa de la Armada en carテ。cter de carpintero, desde el aテアo 1957 hasta el aテアo 1989.
Artテュculo 2ツー.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la pensiテウn dispuesta en esta Ley, serテ。n proveテュdos por la Direcciテウn General del Tesoro a la Direcciテウn de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la Subsecretarテュa de Estado de Administraciテウn Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al Cテウdigo Presupuestario vigente. 
Artテュculo 3ツー.- El beneficiario de esta pensiテウn graciable no podrテ。 acogerse a otros beneficios jubilatorios.
Artテュculo 4ツー.- Comunテュquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cテ。mara de Senadores, a doce dテュas del mes de julio del aテアo dos mil cinco, quedando sancionado el mismo por la Honorable Cテ。mara de Diputados, a trece dテュas del mes de octubre del aテアo dos mil cinco, de conformidad con lo dispuesto en el Artテュculo 204 de la Constituciテウn Nacional.

Archivos adjuntos Antecedente

Antecedente de la Ley Nツコ 00000002780






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