Leyes Paraguayas

Ley Nº 2574 / RECONOCE AL INSTITUTO DE FORMACION DOCENTE DEL “ATENEO DE LENGUA Y CULTURA GUARANI”, COMO INSTITUCION DE EDUCACION SUPERIOR



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​LEY N°  2574/2005            
QUE RECONOCE AL INSTITUTO DE FORMACION DOCENTE DEL “ATENEO DE LENGUA Y CULTURA GUARANI”, COMO INSTITUCION DE EDUCACION SUPERIOR
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.-  Reconócese al Instituto de Formación Docente del “Ateneo de Lengua y Cultura Guaraní”, como una institución de educación superior, que se regirá por la presente Ley, el Artículo 79 de la Constitución Nacional, y las normas pertinentes.
Artículo 2°.- Facúltase al Instituto Superior del “Ateneo de Lengua y Cultura Guaraní” a implementar planes y programas de estudios en el campo de la educación de lengua y cultura guaraní, a expedir títulos de grado y especializaciones de postgrado, de acuerdo a las carreras ofrecidas.
Artículo 3°.-  Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a tres días del mes de marzo del año dos mil cinco, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados a veintiún días del mes de abril del año dos mil cinco, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.

Archivos adjuntos Antecedente

Antecedente de la Ley Nº 00000002574






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