Leyes Paraguayas

Ley Nº 2550 / AUMENTA PENSION GRACIABLE A LA SEÑORA TERESA MALDONADO VDA. DE LOVERA



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LEY Nº 2550
QUE AUMENTA PENSION GRACIABLE A LA SEÑORA TERESA MALDONADO VDA. DE LOVERA
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.- Auméntase  a G. 1.000.000 (Guaraníes un millón) mensuales, la pensión graciable concedida a favor de la señora Teresa Maldonado Vda. de Lovera, esposa del desaparecido artista y cultor de nuestra música paraguaya, Don Aníbal Lovera.
Artículo 2°.-  Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la pensión dispuesta en esta Ley, serán proveídos por la Dirección General del Tesoro a la Dirección de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la Subsecretaría de Estado de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al Código Presupuestario vigente.
Artículo 3°.- La beneficiaria de esta pensión graciable no podrá acogerse a otros beneficios jubilatorios.
Artículo 4°.- Derógase el Artículo 2º de la Ley Nº 578 del 24 de mayo de 1995.
Artículo 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a dieciocho días del mes de noviembre del año dos mil cuatro, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados a diecisiete días del mes de diciembre del año dos mil cuatro, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional

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