Leyes Paraguayas

Ley Nº 4385 / ESTABLECE LA DESAFECTACION DE LOS BIENES DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL



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​LEY N° 4385
QUE ESTABLECE LA DESAFECTACION DE LOS BIENES DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE 
LEY
Artículo 1°.- La desafectación de los bienes del dominio público municipal para transformarlos en bienes de dominio privado municipal deberá hacerse en cada caso por Ley y a petición de la Municipalidad afectada, acompañada de la correspondiente resolución de la respectiva Junta Municipal.
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a siete días del mes de abril del año dos mil once, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados, a veintiún días del mes de julio del año dos mil once, de conformidad a lo dispuesto en los Artículo 211 de la Constitución Nacional.

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