Descargar Archivo: Ley N° 4296 (59.43 KB)
LEY N° 4.296
QUE DECLARA EN SITUACION DE EMERGENCIA SANITARIA LA CIUDAD DE ASUNCION (DECIMOCTAVA REGION SANITARIA) Y A LOS DEPARTAMENTOS CENTRAL (DECIMOPRIMERA REGION SANITARIA), ALTO PARANA (DECIMA REGION SANITARIA) Y GUAIRA (CUARTA REGION SANITARIA).
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
ArtĂculo 1°.- DeclĂĄrase en situaciĂłn de emergencia sanitaria por un plazo mĂĄximo de noventa dĂas a partir de la promulgaciĂłn de la presente Ley, a la Ciudad de AsunciĂłn (decimoctava regiĂłn sanitaria) y a los Departamentos Central (decimoprimera regiĂłn sanitaria), Alto ParanĂĄ (dĂ©cima regiĂłn sanitaria) y GuairĂĄ (cuarta regiĂłn sanitaria).
ArtĂculo 2°.- Durante la vigencia de la presente Ley, establĂ©cese la excepciĂłn de la aplicaciĂłn de los ArtĂculos 159 y 160 de la Ley NÂș 4.249/11 âQUE APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIĂN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2011â, a las zonas declaradas en emergencia en el artĂculo anterior.
ArtĂculo 3°.- EstablĂ©cese la liberaciĂłn de los topes de recortes presupuestarios establecidos por el Ministerio de Hacienda al Ministerio de Salud PĂșblica y Bienestar Social.
ArtĂculo 4°.- ComunĂquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable CĂĄmara de Diputados, a los diecisiete dĂas del mes de marzo del año dos mil once, y por la Honorable CĂĄmara de Senadores, a los treintaiĂșn dĂas del mes de marzo del año dos mil once, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el ArtĂculo 204 de la ConstituciĂłn Nacional.