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LEY N° 3398
QUE DECLARA BIEN CULTURAL DE LA REPUBLICA EL ELGADO DE DON AUGUSTIN PIO BARRIOS (MANGORE)
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
LEY
Artículo 1°.- Declárese bien cultural de la República el legado de Don Agustín Pio Barrios (Mangoré), considerado mundialmente como uno de los más grandes compositores y ejecutores de guitarra de todos los tiempos.
Artículo 2°.- El cumplimiento de ésta Ley estará a cargo del Ministerio de Educación y Cultura, que deberá hacerlo dentro del plazo de ciento ochenta días, a partir de su publicación.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores a los dieciséis días del mes de agosto del año dos mil siete, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados a los quince días del mes de noviembre del año dos mil siete, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.
