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LEY Nº 3.373
QUE AMPLÍA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2007, APROBADO POR LEY N° 3.148, DE FECHA 29 DE DICIEMBRE DE 2006, PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA - SECRETARÍA DE ACCIÓN SOCIAL.
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1º.- Amplíase la estimación de los ingresos de la Tesorería General y la Presidencia de la República, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2007, por la suma de G. 41.440.000.000 (Guaraníes cuarenta y un mil cuatrocientos cuarenta millones), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Ley.
Artículo 2°.- Apruébase la ampliación del crédito presupuestario de la Administración Central, Presidencia de la República – Secretaría de Acción Social, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2007, por la suma de G. 41.440.000.000 (Guaraníes cuarenta y un mil cuatrocientos cuarenta millones), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de esta Ley.
Artículo 3°.- Autorízase al Ministerio de Hacienda la adecuación de códigos, conceptos y la programación de montos consignados en los Anexos y detalles de la presente Ley, de acuerdo al Clasificador Presupuestario vigente, a las técnicas de programación de Ingresos, Gastos y Financiamiento, al solo efecto de la correcta registración, imputación y/o ejecución presupuestaria.
Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los tres días del mes de octubre del año dos mil siete, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los seis días del mes de noviembre del año dos mil siete, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.