Leyes Paraguayas

Ley Nツコ 2498 / AUMENTA PENSION GRACIABLE AL SEテ前R ADALBERTO MARTINEZ BENITEZ



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LEY Nツー 2498
QUE AUMENTA PENSION GRACIABLE AL SEテ前R ADALBERTO MARTINEZ BENITEZ
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artテュculo 1ツコ.- Aumテゥntase a G. 1.000.000 (Un millテウn de guaranテュes) mensuales, la pensiテウn graciable concedida a favor del Seテアor Adalberto Martテュnez Benテュtez.
Artテュculo 2ツー.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la pensiテウn dispuesta en esta Ley, serテ。n proveテュdos por la Direcciテウn General del Tesoro a la Direcciテウn de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la Subsecretarテュa de Estado de Administraciテウn Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al Cテウdigo Presupuestario vigente.
Artテュculo 3ツー.- El beneficiario de esta pensiテウn graciable no podrテ。 acogerse a otros beneficios jubilatorios.
Artテュculo 4ツー.- Derテウgase la Ley Nツー 1236 del 2 de abril de 1998.
Artテュculo 5ツー.- Comunテュquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cテ。mara de Senadores, a veintinueve dテュas del mes de julio del aテアo dos mil cuatro, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cテ。mara de Diputados, a veintisテゥis dテュas del mes de octubre del aテアo dos mil cuatro, de conformidad a lo dispuesto en el Artテュculo 207, numeral 2) de la Constituciテウn Nacional.

Archivos adjuntos Antecedente

Antecedente de la Ley Nツコ 00000002498






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