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LEY N° 2.511
QUE DECLARA COMO AVE NACIONAL AL PAJARO CAMPANA (PROCNIAS NUDICOLLIS).
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
LEY:
Artículo 1º.- Declárase como Ave Nacional al Pájaro Campana (Procnias Nudicollis).
Artículo 2°.- Para el fin establecido en el Artículo 1° de esta Ley, la selección del diseño del ave se hará por concurso estudiantil en las escuelas y colegios públicos del país, bajo la supervisión del Ministerio de Educación y Cultura y de la Secretaría del Ambiente (SEAM), en coordinación con los gobiernos municipales y departamentales respectivos.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a treinta días del mes de setiembre del año dos mil cuatro, y por la Honorable Cámara de Senadores, a cuatro días del mes de noviembre del año dos mil cuatro, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.