Descargar Archivo: LEY Nº 2.877 (58.42 KB)
LEY N° 2.877
QUE AUMENTA PENSIÒN GRACIABLE A LA SEÑORA CARMEN DORA SALDÍVAR VDA. DE INSFRÁN.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Auméntase a G. 1.000.000 (guaraníes un millón) mensuales, la pensión graciable concedida a la señora Carmen Dora Saldívar Vda. de Insfrán, esposa del entonces parlamentario, doctor Walter Insfrán.
Artículo 2°.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la pensión dispuesta en esta Ley serán proveídos por la Dirección General del Tesoro a la Dirección de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la Subsecretaría de Estado de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al Código Presupuestario vigente.
Artículo 3°.- La beneficiaria de esta pensión graciable no podrá acogerse a otros beneficios jubilatorios.
Artículo 4°.- Derógase el Artículo 4º de la Ley Nº 1070/84.
Artículo 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a veinte días mes de octubre del año dos mil cinco, y por la Honorable Cámara de Senadores, a veintitrés días del mes de marzo del año dos mil seis, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.