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LEY N° 1.545
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE LUQUE A TRANSFERIR A TÍTULO GRATUITO A FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO (MINISTERIO DEL INTERIOR), PARTE DE UN INMUEBLE, INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE LA FINCA Nº 10826, PARA ASIENTO DE UNA SUBCOMISARÍA, UBICADO EN LA SEXTA COMPAÑÍA MARAMBURÉ DEL CITADO MUNICIPIO
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1º.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase a la Municipalidad de Luque a transferir a título gratuito a favor del Estado Paraguayo (Ministerio del Interior), parte de un inmueble destinado para plaza y edificios públicos, del loteamiento realizado por el señor Simón Zalimben y otro, en el año 1979, individualizado como parte de la Finca Nº 10826, inscripto en la Dirección General de los Registros Públicos, bajo el Nº 1 al folio 1 y siguientes del año 1980 del Distrito de Luque, para asiento de una Sub-Comisaría, ubicado en la Sexta Compañía Maramburé del citado Municipio, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
AL NORTE: mide 24 m. (veinticuatro metros), linda con la calle Dr. Ramón Méndez;
AL SUR : mide 24 m. (veinticuatro metros), linda con propiedad privada;
AL ESTE : mide 30 m. (treinta metros), linda con la Plaza Pacurí; y
AL OESTE: mide 30 m. (treinta metros), linda con la calle Ypoa.
SUPERFICIE: 720 m² (setecientos veinte metros cuadrados).
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores el dieciséis de setiembre del año un mil novecientos noventa y nueve y por la Honorable Cámara de Diputados, el veintiocho de marzo del año dos mil, quedando sancionado el mismo de conformidad al artículo 204 de la Constitución Nacional.