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LEY N° 3.913
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE CIUDAD DEL ESTE A TRANSFERIR A TÍTULO GRATUITO A FAVOR DE LA DIÓCESIS DE CIUDAD DEL ESTE, UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE LA FINCA N° 5009, UBICADO EN EL BARRIO SAN JUAN DEL Km 8 ACARAY DEL CITADO MUNICIPIO, ASIENTO DE LA CAPILLA SAN FRANCISCO DE ASÍS.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase a la Municipalidad de Ciudad del Este a transferir a título gratuito a favor de la Diócesis de Ciudad del Este, un inmueble individualizado como parte de la Finca Nº 5009, Lote N° 01, Manzana N° 03 del Distrito de Ciudad del Este, inscripto en la Dirección General de los Registros Públicos, bajo el N°1 al folio1 y siguientes del 27 de agosto de 1982, ubicado en el barrio San Juan del Km 8 Acaray del citado municipio, asiento de la Capilla "San Francisco de Asís”, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
LINEA 1-2: con rumbo N 86º 53’ 13’’ E (Norte, ochenta y seis grados, cincuenta y tres minutos, trece segundos, Este), mide 62,23 m. (sesenta y dos metros con veintitres centímetros), linda con camino público, cuyas coordenadas del punto Nº 1 son: E= 734.706,08 N= 7.179.810,03.
LINEA 2-3: con rumbo S 22º 59’ 20’’ W (Sur, veintidós grados, cincuenta y nueve minutos, veinte segundos, Oeste), mide 29,19 m. (veintinueve metros con diecinueve centímetros), linda con camino público, cuyas coordenadas del punto Nº 2 son: E= 734.768,21 N= 7.179.813,41.
LINEA 3-4: con rumbo S 19º 29’ 37’’ W (Sur, diecinueve grados, veintinueve minutos, treinta y siete segundos, Oeste), mide 42,55 m. (cuarenta y dos metros, con cincuenta y cinco centímetros), linda con camino público, cuyas coordenadas del punto Nº 3 son: E= 734.756,81 N= 7.179.786,54.
LINEA 4-5: con rumbo N 84º 27’ 50’’ W (Norte, ochenta y cuatro grados, veintisiete minutos, cincuenta segundos, Oeste), mide 44,15 m. (cuarenta y cuatro metros con quince centímetros), linda con camino público, cuyas coordenadas del punto Nº 4 son: E= 734.742,61 N= 7.179.746,42.
LINEA 5-1: con rumbo N 07º 06’ 43’’ E (Norte, siete grados, seis minutos, cuarenta y tres segundos, Este), mide 59,81 m. (cincuenta y nueve metros con ochenta y un centímetros), linda con camino público, cuyas coordenadas del punto Nº 5 son: E= 734.698,67 N= 7.179.750,68.
SUPERFICIE: 3.259 m2 7.078 cm2 (TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS, CON SIETE MIL SETENTA Y OCHO CENTÍMETROS CUADRADOS).
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los trece días del mes de agosto del año dos mil nueve, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los veintidós días del mes de octubre del año dos mil nueve, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 207, numeral 1 de la Constitución Nacional.