Leyes Paraguayas

Ley Nº 3756 / AUMENTA PENSION GRACIABLE A LA SEÑORA MARCIANA LOPEZ VDA. DE PORTILLO



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LEY N° 3756
QUE AUMENTA PENSION GRACIABLE A LA SEÑORA MARCIANA LOPEZ VDA. DE PORTILLO
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Auméntase a G. 1.200.000 (Guaraníes un millón doscientos mil) mensuales, la pensión graciable concedida a favor de la señora Marciana López Vda. de Portillo, con Cédula de Identidad Civil Nº 645.398.
Artículo 2°.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la pensión dispuesta en esta Ley, serán proveídos por la Dirección General del Tesoro a la Dirección de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la Subsecretaría de Estado de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al Código Presupuestario vigente.
Artículo 3°.- La beneficiaria de esta pensión graciable no podrá acogerse a otros beneficios jubilatorios.
Artículo 4°.- Derógase la Ley Nº 3346 del 22 de octubre de 2007. 
Artículo 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.         
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a doce días del mes de diciembre del año dos mil ocho, quedando sancionado el mismo por la  Honorable Cámara de Diputados, a cuatro días del mes de junio del año dos mil nueve, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 211 de la Constitución Nacional.-

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