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LEY Nº 7641
QUE DECLARA EL 2 DE MAYO COMO EL “DÍA NACIONAL DE LA MICROBIOTA”.
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1.° Declárase el 2 de mayo de cada año como el “Día Nacional de la Microbiota” en la República del Paraguay, en coincidencia con el Día Internacional de la Microbiota, con el objetivo de promover la educación, la investigación y la concienciación sobre la importancia de la microbiota en la salud humana.
Artículo 2.° Encomiéndase al Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, en coordinación con el Ministerio de Educación y Ciencias y otros organismos e instituciones pertinentes, a fin de organizar, fomentar y difundir actividades educativas, científicas y de conmemoración del “Día Nacional de la Microbiota”.
Artículo 3.° El Poder Ejecutivo, a través de las instituciones competentes, establecerá las acciones necesarias para la promoción y celebración de este día, asegurando la participación activa de instituciones educativas, centro de investigación, entidades de salud y la sociedad en general.
Artículo 4.° Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el proyecto de ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los catorce días del mes de octubre del año dos mil veinticinco, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los veinticinco días del mes de marzo del año dos mil veintiséis, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 207, numeral 2) de la Constitución.
