Leyes Paraguayas

Ley Nº 7603/2025 / QUE DECLARA EL 31 DE AGOSTO COMO EL “DÍA NACIONAL DEL OBSTETRA”.



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LEY N° 7603

QUE DECLARA EL 31 DE AGOSTO COMO EL “DÍA NACIONAL DEL OBSTETRA”.

EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

Artículo 1°.- Declárase el 31 de agosto de cada año, como el “Día Nacional del Obstetra”, en todo el territorio de la República del Paraguay, en conmemoración del Día Internacional de la Obstetricia.

Artículo 2°.- Autorízase al Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social en coordinación con el Ministerio de Educación y Ciencias, a promover, organizar, fomentar y difundir en el marco de esta conmemoración, actividades educativas, científicas y culturales de sensibilización y concienciación ciudadana.

Artículo 3°.- lncorpórase el “Día Nacional del Obstetra”, al calendario de salud oficial del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.

Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Aprobado el proyecto de ley por la Honorable Cámara de Senadores, a cinco días del mes de noviembre del año dos mil veinticinco, quedando sancionado el mismo por la Honorable Cámara de Diputados, a veinticinco días del mes de noviembre del año dos mil veinticinco, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 204 de la Constitución.


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