Leyes Paraguayas

Ley Nº 646 / CONCEDE PENSION GRACIABLE A LA SEÑORA RAMONA CATALINA GONZALEZ, EXCOMBATIENTE DE LA GUERRA DEL CHACO



Descargar Archivo: LEY 646 (72.25 KB)


LEY Nº 646

QUE CONCEDE PENSION GRACIABLE A LA SEÑORA RAMONA CATALINA GONZALEZ, EXCOMBATIENTE DE LA GUERRA DEL CHACO

EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

Artículo 1o.- Concédese pensión graciable de G. 800.000 (Ochocientos mil guaraníes) a la Señora Ramona Catalina González, excombatiente de la Guerra del Chaco.

Artículo 2o.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la pensión dispuesta en esta Ley serán proveídos por la Dirección General del Tesoro a la Dirección de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la Sub-Secretaría de Estado de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al Código Presupuestario vigente.

Artículo 3o.- La beneficiaria de esta pensión no podrá acogerse a otros derechos jubilatorios.

Artículo 4o.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Aprobada por la Honorable Cámara de Senadores el ocho de junio del año un mil novecientos noventa y cinco y por la Honorable Cámara de Diputados, sancionándose la Ley, el veintisiete de julio del año un mil novecientos noventa y cinco.


De interes

¿Tienes alguna duda? ponte en contacto con nosotros