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LEY Nº 755
QUE AMPLIA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 1995, APROBADO POR LEY N° 525 DE FECHA 30 DE DICIEMBRE DE 1994, DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE ASUNCION
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.- Amplíase la estimación de los ingresos de la Administración Central, por la suma de G. 67.257.125 (Sesenta y siete millones doscientos cincuenta y siete mil ciento veinticinco guaraníes), conforme al siguiente detalle:
Artículo 2°.- Apruébase la ampliación del crédito presupuestario para la Administración Central, por la suma de G. 67.257.125 (Sesenta y siete millones doscientos cincuenta y siete mil ciento veinte y cinco guaraníes), que estará afectado al presupuesto 1995 del Ministerio de Educación y Culto, conforme al siguiente detalle:
Artículo 3°.- Amplíase la estimación de los ingresos de las Entidades Descentralizadas, por la suma de G. 361.354.775 (Trescientos sesenta y un millones trescientos cincuenta y cuatro mil setecientos setenta y cinco guaraníes), conforme al siguiente detalle:
Artículo 4°.- Apruébase la ampliación del crédito presupuestario para las Entidades Descentralizadas por la suma de G. 361.354.775 (Trescientos sesenta y un millones trescientos cincuenta y cuatro mil setecientos setenta y cinco guaraníes), que estará afectado al Presupuesto 1995 de la Universidad Nacional de Asunción (Hospital Neurosiquiátrico e Instituto Superior de Lenguas), conforme al siguiente detalle:
Artículo 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la Honorable Cámara de Senadores el veintiocho de setiembre del año un mil novecientos noventa y cinco y por la Honorable Cámara de Diputados, sancionándose la Ley, el diecinueve de octubre del año un mil novecientos noventa y cinco.