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LEY Nº 925
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE ASUNCION A TRANSFERIR A TITULO ONEROSO A FAVOR DE SUS ACTUALES OCUPANTES, DOS FRACCIONES DE TERRENO, DEL DISTRITO LA RECOLETA UBICADAS EN EL BARRIO SAN PABLO.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase a la Municipalidad de Asunción, a transferir a título oneroso, a favor de sus actuales ocupantes, dos fracciones de terreno individualizadas como Finca N飥 14.674 con Cta.Cte.Ctral.N° 14-1.508, Manzana XI y Finca N° 16.523 con Ctas.Ctes.Ctrales.Nos. 14-1.508-16/17, Manzanas IX y X respectivamente del Distrito La Recoleta, ubicadas en el Barrio San Pablo del citado municipio, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
Finca N° 14.674 con Cta.Cte.Ctral. 14-1.508 - Manzana XI
LINEAS 1-2: Con rumbo magnético S-79° 05' -W (Sur, setenta y nueve grados, cinco minutos, Oeste), mide 109,90 ms. (Ciento nueve metros con noventa centímetros), linda con la calle Cacique Cara-Cará;
LINEAS 2-3: Con rumbo magnético N-49° 12' -W (Norte cuarenta y nueve grados, doce minutos, Oeste), mide 39,45 ms. (Treinta y nueve metros con cuarenta y cinco centímetros), linda con derechos de Sofía López de Sacarello;
LINEAS 3-4: Con rumbo magnético N-73° 53' -E (Norte setenta y tres grados, cincuenta y tres minutos, Este), mide 135,15 ms. (Ciento treinta y cinco metros con quince centímetros), linda con Derechos Municipales; y,
LINEAS 4-1: Con rumbo magnético S-10° 56' -E (Sur diez grados, cincuenta y seis minutos, Este), mide 43,33 ms. (Cuarenta y tres metros con treinta y tres centímetros), linda con el Lote N° 6 de la fracción.
SUPERFICIE: 4.616,68 ms2 (Cuatro mil seiscientos dieciséis metros cuadrados con sesenta y ocho decímetros cuadrados).
Finca N° 16.523 con Ctas.Ctes.Ctrales.Nos. 14-1.508-16/17 - Manzanas IX y X
LINEAS 1-2: Con rumbo magnético N-44飥 02' -E (Norte, cuarenta y cuatro grados, dos minutos, Este), mide 109,54 ms. (Ciento nueve metros con cincuenta y cuatro centímetros), linda con la calle 3;
LINEAS 2-3: Con rumbo magnético S-45飥 58' -E (Sur cuarenta y cinco grados, cincuenta y ocho minutos, Este), mide 67,40 ms. (Sesenta y siete metros con cuarenta centímetros), linda con la calle Caaguazú;
LINEAS 3-4: Con rumbo magnético N-75° 38' -E (Norte, setenta y cinco grados, treinta y ocho minutos, Este), mide 80,78 ms. (Ochenta metros con setenta y ocho centímetros), linda con la calle Naranjales;
LINEAS 4-5: Con rumbo magnético S-16° 47' -E (Sur dieciséis grados, cuarenta y siete minutos, Este), mide 23,71 ms. (Veintitrés metros con setenta y un centímetros), linda con la calle Tobatí;
LINEAS 5-6: Con rumbo magnético S-73° 53' -W (Sur, setenta y tres grados, cincuenta y tres minutos, Oeste), mide 190,02 ms. (Ciento noventa metros con dos centímetros), linda con derechos de Marciana del Pilar Jiménez Vda. de Meza; y,
LINEAS 6-1: Con rumbo magnético N-49° 12' -W (Norte cuarenta y nueve grados, doce minutos, Oeste), mide 35,95 ms. (Treinta y cinco metros con noventa y cinco centímetros), linda con derechos de Sofía López de Sacarello.
SUPERFICIE: 9.035,30 ms2. (Nueve mil treinta y cinco metros cuadrados con treinta decímetros cuadrados).
Artículo 2°.- Lo obtenido por la Municipalidad en concepto de la venta de los inmuebles individualizados como Fincas Nos. 14.674 y 16.523, será destinado exclusivamente al rubro de adquisición de otros inmuebles para espacio verde o plaza.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la H. Cámara de Diputados, a diecinueve días del mes de abril del año un mil novecientos noventa y seis, y por la H. Cámara de Senadores, sancionándose la Ley a deciocho del mes de julio, del año un mil novecientos noventa y seis.