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LEY Nº 914
QUE AMPLIA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 1996, APROBADO POR LA LEY No. 828 DE FECHA 29 DE DICIEMBRE DE 1995, DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1o.- Autorízase la utilización del saldo de la estimación de ingresos de las Entidades Descentralizadas (ADMINISTRACION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES), por una suma de G. 13.885.713.189 (trece mil ochocientos ochenta y cinco millones setecientos trece mil ciento ochenta y nueve guaraníes).
Artículo 2o.- Apruébase la ampliación del crédito presupuestario para las Entidades Descentralizadas por la suma de G. 13.885.713.189 (trece mil ochocientos ochenta y cinco millones setecientos trece mil ciento ochenta y nueve guaraníes), que estará afectado al Presupuesto 1996 de la Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTELCO), conforme al siguiente detalle:
Artículo 3o.- Apruébase la reprogramación del Anexo del Personal de la Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTELCO), de acuerdo al siguiente detalle:
Artículo 4o.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la Honorable Cámara de Senadores el treinta de mayo del año un mil novecientos noventa y seis y por la Honorable Cámara de Diputados, sancionándose la Ley, el veintisiete de junio del año un mil novecientos noventa y seis.