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LEY Nº 1357
QUE APRUEBA EL ACUERDO POR CANJE DE NOTAS REVERSALES RELATIVO A LA RACIONALIZACIÓN DEL PERSONAL DE LA COMISIÓN MIXTA ARGENTINO-PARAGUAYA DEL RÍO PARANÁ (COMIP)
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1º.- Apruébase el Acuerdo por Canje de Notas Reversales relativo a la Racionalización del Personal de la Comisión Mixta Argentino-Paraguaya del Río Paraná (COMIP), suscrito con la República Argentina el 26 de marzo de 1992; cuyo texto es como sigue:
Buenos Aires, 26 de marzo de 1992
Señor Ministro:
Tengo el honor de dirigirme a Vuestra Excelencia con relación a su Nota del 26 de marzo de 1992, la que textualmente dice:
"Señor Ministro:
Tengo el honor de dirigirme a Vuestra Excelencia con relación al resultado de la racionalización del personal que realizara la Comisión Mixta Argentino-Paraguaya del Río Paraná y la distribución de los gastos que demanda su funcionamiento a partir del 31 de diciembre de 1991.
A ese respecto cumplo en informarle que el Gobierno Argentino:
- Se congratula de lo actuado por los señores Delegados en cumplimiento de las instrucciones oportunamente impartidas por ambas Cancillerías en lo que se refiere a la racionalización de la COMIP, acordada en el Acta 235 del 13 de junio de 1991, concluida el 31 de diciembre de 1991.
- Ratifica el criterio acordado por los señores Delegados en la mencionada Acta 235, en lo que se refiere a la distribución territorial de los gastos que demanda el funcionamiento de la Comisión Mixta Argentino-Paraguaya del Río Paraná.
La presente Nota y la de igual tenor que Vuestra Excelencia tenga a bien remitirme, constituirán un Acuerdo entre los dos Gobiernos que entrará en vigor el día de su firma.
Saludo a Vuestra Excelencia con mi consideración más distinguida.”
Al respecto y al manifestar a Vuestra Excelencia la conformidad de mi Gobierno con los términos de la Nota antes transcrita, me es grato poner en su conocimiento que aquella y la presente Nota constituyen un Acuerdo entre nuestros dos Gobiernos, que entrará en vigor en el día de hoy.
Saludo a Vuestra Excelencia con mi consideración más distinguida.
Fdo.: Alexis Frutos Vaesken, Ministro de Relaciones Exteriores.
A S.E. el Señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto de la República Argentina,
D. Guido Di Tella
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores el diez de setiembre del año un mil novecientos noventa y ocho y por la Honorable Cámara de Diputados, el veintidós de octubre del año un mil novecientos noventa y ocho, sancionándose el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 204 de la Constitución Nacional.