Leyes Paraguayas

Ley Nº 1819 / DESAFECTA DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE FERNANDO DE LA MORA A TRANSFERIR A TÍTULO ONEROSO A FAVOR DE SUS ACTUALES OCUPANTES, LOS INMUEBLES, INDIVIDUALIZADOS COMO PARTE DE LAS FINCAS N° 1541 Y 13418, UBICADOS EN EL BARRIO SAN JUAN DEL CITADO MUNICIPIO



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LEY N° 1819

QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE FERNANDO DE LA MORA A TRANSFERIR A TÍTULO ONEROSO A FAVOR DE SUS ACTUALES OCUPANTES, LOS INMUEBLES, INDIVIDUALIZADOS COMO PARTE DE LAS FINCAS N° 1541 Y 13418, UBICADOS EN EL BARRIO SAN JUAN DEL CITADO MUNICIPIO

EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE

LEY 

 

Artículo 1°.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase a la Municipalidad de Fernando de la Mora a transferir a título oneroso a favor de sus actuales ocupantes, los inmuebles individualizados como parte de las Fincas N°s 1541 y 13418, del distrito de Fernando de la Mora, inscriptos en la Dirección General de los Registros Públicos en los años 1956 y 1981, respectivamente, ubicados en el barrio San Juan, Zona Sur del citado municipio, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:

FINCA N° 1541

LOTE 1: con Cuenta Corriente Catastral N° 27-0168-02;

Línea 1-2: con rumbo S-34° 0' 47"-E (Sur, treinta y cuatro grados, cero minutos, cuarenta y siete segundos, Este), mide 10,11 m. (Diez metros con once centímetros), linda con la calle Policarpo Cañete;

Línea 2-3: con rumbo S-54° 0' 43" -W (Sur, cincuenta y cuatro grados, cero minutos, cuarenta y tres segundos, Oeste), mide 28,04 m. (Veintiocho metros con cuatro centímetros) y linda con lote 2;

Línea 3-4: con rumbo N-22° 21' 28"-W (Norte veintidós grados, veintiún minutos, veintiocho segundos, Oeste), mide 11,03 m. (Once metros con tres centímetros), linda con derechos de terceros;

Línea 4-1: con rumbo N-55° 21' 28" -E (Norte cincuenta y cinco grados, veintiún minutos, veintiocho segundos, Este), mide 25,77 m. (Veinticinco metros con setenta y siete centímetros), linda con la calle La Victoria;

Superficie: 280,51 m2. (Doscientos ochenta metros cuadrados con cincuenta y un decímetros cuadrados).

LOTE 2: con Cuenta Corriente Catastral N° 27-0168-03;

Línea 1-2: con rumbo S-35° 6' 27"-E (Sur, treinta y cinco grados, seis minutos, veintisiete segundos, Este), mide 10,34 m. (Diez metros con treinta y cuatro centímetros), linda con la calle Policarpo Cañete;

Línea 2-3: con rumbo S-45° 4' 4"-W (Sur, cuarenta y cinco grados, cuatro minutos, cuatro segundos, Oeste), mide 30,57 m. (Treinta metros con cincuenta y siete centímetros), linda con derechos de terceros;

Línea 3-4: con rumbo N-21° 22' 36" -W (Norte, veintiún grados, veintidos minutos, treinta y seis segundos, Oeste), mide 10,65 m. (Diez metros con sesenta y cinco centímetros), linda con derechos de terceros; y,

Línea 4-1: con rumbo N-54° 0' 43" -E (Norte, cincuenta y cuatro grados, cero minutos, cuarenta y tres segundos, Este), mide 28,04 m. (Veintiocho metros con cuatro centímetros), linda con lote N° 1.

Superficie: 302,48 m2. (trescientos dos metros cuadrados con cuarenta y ocho decímetros cuadrados).

PARTE DE LA FINCA MATRIZ N° 13418

Línea 1-2: con rumbo S-22° 13' 9"-E (Sur veintidos grados, trece minutos, nueve segundos, Este), mide 11,03 m. (Once metros con tres centímetros), linda con derechos de terceros;

Línea 2-3: con rumbo S-21° 22' 36"-E (Sur veintiún grados, veintidos minutos, treinta y seis segundos, Este), mide 10,65 m. (Diez metros con sesenta y cinco centímetros), linda con derechos de terceros;

Línea 3-4: con rumbo S-15° 30' 35" -E (Sur quince grados, treinta minutos, treinta y cinco segundos, Este), mide 10,43 m. (Diez metros con cuarenta y tres centímetros), linda con derechos de terceros;

Línea 4-5: con rumbo S-15° 32' 36" -E (Sur quince grados, treinta y dos minutos, treinta y seis segundos, Este), mide 4,41 m. (Cuatro metros con cuarenta y un centímetros), linda con derechos de terceros;

Línea 5-6: con rumbo S-55° 2' 44" -W (Sur cincuenta y cinco grados, dos minutos, cuarenta y cuatro segundos, Oeste), mide 10,94 m. (Diez metros con noventa y cuatro centímetros), linda con derechos de terceros;

Línea 6-7: con rumbo N-35° 14' 23" -W (Norte treinta y cinco grados, catorce minutos, veintitrés segundos, Oeste), mide 35,26 m. (Treinta y cinco metros con veintiséis centímetros), linda con derechos de terceros; y,

Línea 7-1: con rumbo N-54° 49' 53" -E (Norte cincuenta y cuatro grados, cuarenta y nueve minutos, cincuenta y tres segundos, Este), mide 19,94 m. (Diecinueve metros con noventa y cuatro centímetros), linda con la calle La Victoria.

Superficie: 546,23 m2. (Quinientos cuarenta y seis metros cuadrados con veintitrés decímetros cuadrados).

Artículo 2°.- La suma obtenida por la venta de los inmuebles individualizados en el Artículo 1° de la presente Ley, será destinada exclusivamente para la adquisición de otro inmueble para espacio verde o plaza.

Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores el veintiséis de julio del año dos mil uno y por la Honorable Cámara de Diputados, el treinta de octubre del año dos mil uno, quedando sancionado el mismo de conformidad al Artículo 204 de la Constitución Nacional.


Archivos adjuntos Antecedente

Antecedente de la Ley Nº 00000001819






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