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LEY N° 2.033
QUE AMPLIA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2002, APROBADO POR LEY Nº 1.857, DE FECHA 8 DE ENERO DE 2002, CONSEJO NACIONAL DE LA VIVIENDA
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.-Amplíase la estimación de los ingresos de las Entidades Descentralizadas -Consejo Nacional de la Vivienda, por la suma de G.510.000.000 (Quinientos diez millones de guaraníes), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de la presente ley.
Artículo 2º.-Apruébase la ampliación del crédito presupuestario para las Entidades Descentralizadas por la suma de G.510.000.000 (Quinientos diez millones de guaraníes), que estará afectado al Presupuesto 2002 del Consejo Nacional de la Vivienda, conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de la presente ley.
Artículo 3°.-Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a veintiséis días del mes de setiembre del año dos mil dos, y por la Honorable Cámara de Senadores, a siete días del mes de noviembre del año dos mil dos, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.