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LEY N° 1374
QUE CREA EL DIA NACIONAL DE LA VACUNACION E INSTITUYE LA MENCION "MERITO CIUDADANO POR LA SALUD"
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ArtÃculo 1o.- Declárase DIA NACIONAL DE LA VACUNACION el primer sábado del mes de abril de cada año, dÃa en el cual se realizará en todo el territorio de la República una JORNADA NACIONAL DE VACUNACION.
ArtÃculo 2o.- El Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social será la institución encargada de la organización y movilización de recursos, promoción, ejecución y evaluación de la campaña nacional de vacunación, de acuerdo con las normas técnicas vigentes y con la participación de las entidades públicas y de las organizaciones intermedias y privadas de la sociedad.
ArtÃculo 3o.- Institúyese la mención "MERITO CIUDADANO POR LA SALUD", la cual será concedida cada año en el DÃa Nacional de la Vacunación a las personas u organizaciones que hubiesen contribuido eficazmente con sus acciones solidarias para la valorización de la prevención en la salud como un bien público y un derecho social. Dicha mención será discernida por un jurado de tres miembros que serán designados por el Presidente del Congreso.
ArtÃculo 4o.- ComunÃquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a un dÃa del mes de octubre del año un mil novecientos noventa y ocho, y por la Honorable Cámara de Diputados, a diecinueve dÃas del mes de noviembre del año un mil novecientos noventa y ocho, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artÃculo 204 de la Constitución Nacional.