Leyes Paraguayas

Ley Nº 2504 / CONCEDE PENSION GRACIABLE AL SEÑOR ANTOLIANO CABRERA BENITEZ



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​LEY Nº 2.504
QUE CONCEDE PENSION GRACIABLE AL SEÑOR ANTOLIANO CABRERA BENITEZ.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE 
LEY 
Artículo 1º.- Concédese pensión graciable de G. 1.000.000 (Guaraníes un millón) mensuales, a favor del señor Antoliano Cabrera Benítez, músico paraguayo.
Artículo 2°.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la pensión dispuesta en esta Ley, serán proveídos por la Dirección General del Tesoro a la Dirección de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la Subsecretaría de Estado de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al Código presupuestario vigente.
Artículo 3°.- El beneficiario de esta pensión no podrá acogerse a otros beneficios jubilatorios.
Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a veintidós días del mes de julio del año dos mil cuatro, y por la Honorable Cámara de Senadores, a veintiocho días del mes de octubre del año dos mil cuatro, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.

Archivos adjuntos Antecedente

Antecedente de la Ley Nº 00000002504






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