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Descripción
Ley N° 3378 | Reconoce al Instituto Superior Profesional Avanzado como Institución de Educación Superior
LEY Nº 3378
QUE RECONOCE AL INSTITUTO SUPERIOR PROFESIONAL AVANZADO COMO INSTITUCION DE EDUCACION SUPERIOR
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.- Reconócese al Instituto Superior Profesional Avanzado como Institución de Educación Superior, que se regirá por la presente Ley, el Artículo 79 de la Constitución Nacional, la Ley N° 1264/98 “GENERAL DE EDUCACION” y las normas pertinentes.
Artículo 2°.- Facúltase al Instituto Superior Profesional Avanzado a implementar planes y programas de estudios en el campo de la educación en salud y a expedir títulos de grado y post-grado en dicha área del conocimiento, incorporando la investigación y la extensión académica.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a los veintiséis días del mes de julio del año dos mil siete, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados a los siete días del mes de noviembre del año dos mil siete, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 211 de la Constitución Nacional.